¿QUE PASA SI ME DESPIDEN DE MI TRABAJO Y ESTOY EN SITUACIÓN IRREGULAR?

Derechos trabajador irregular ante despido
En muchas ocasiones, recibo consultas por parte tanto de trabajadores como trabajadoras del servicio doméstico, ya que esta profesión antes era desempeñada por mujeres en su mayoría, se ha incrementado notablemente la contratación de hombres.
Bien, no es raro, encontrarme con personas, que trabajan 10, 12 o incluso 14 horas al día, no haciendo distinción entre días laborales y festivos, dudas de si “ tengo derecho a medias pagas o pagas enteras” haciendo referencias, a las pagas extraordinarias, al disfrute de vacaciones, e incluso, si el salario mínimo fijado por el Estado cada año, les afecta o no, porque si son del sector del servicio doméstico, tienen la creencia errónea que no se les aplica, y por último, y lo más grave pensar, que el permiso de residencia y/o de trabajo, o la carencia del mismo, nos ampara algún derecho o no.
El Derecho Laboral se aplican a todas personas por igual, sin importar su estatus migratorio, si es español, comunitario, o extra-comunitario y NO TIENE AUTORIZACIÓN DE TRABAJO.
El hecho de iniciar, un proceso administrativo o judicial contra el empleador, no supone ningún perjuicio para el trabajador, es más, si nos encontramos en situación irregular, con esa sentencia del Juzgado donde se reconozca la relación laboral, podemos regularizar nuestra situación, por medio de un Arraigo Laboral (que explicaremos en otro post).

Derechos que tengo como trabajador/a:

– Jornada laboral de 8 horas al día, 40 horas a la semana, pudiéndose pactar tiempos de presencia remuneradas, por acuerdo entre las partes.
– Descansos semanales, entre jornada y jornada, deben distar 12 horas de descanso, salvo en los casos de internos, que puede ser de 10 horas, pero esas 2 horas se deberán compensar con descanso.
– Vacaciones – 30 días naturales al año, salvo pacto en contrario, el empleador podrá pactar 15 días de vacaciones a su elección.
– El Salario Mínimo Interprofesional fijado cada año, afecta directamente a los empleados de hogar, siendo este para el año 2020 y 2021, de 950€ en 14 pagas, o en 12 pagas que serían 1108,33€ al mes, si las pagas fueran prorrateadas.
Si se nos vulnera algunos de estos Derechos esenciales, debemos tomar medidas, primeramente, advertiremos al empleador del error, bien sea en nuestra nómina, horas trabajadas, para que subsane, si este “error” no se subsana, y continua, podríamos procedes a Disolver el contrato de trabajo, y reclamar la Indemnización como si de un Despido Improcedente se tratase, más los derechos y cantidades que se nos adeudaren.

 

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