NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Si ya has renovado el permiso de residencia, puede que cumplas con los requisitos para obtener la Nacionalidad Española.

Obtener la Nacionalidad Española implica una serie de ventajas y múltiples beneficios que detallaremos a continuación.

  • Gestionar la reagrupación familiar será más flexible. Podrás reagrupar a tus ascendientes (mayores de 65 años), descendientes (menores de 21 años y mayores de edad en caso dependan económicamente de ti), de tu cónyuge o pareja de hecho. Así como a los ascendientes y descendientes de tu cónyuge y pareja de hecho.
  • Opositar a un puesto de trabajo como funcionario público español. Formar parte del cuerpo de funcionarios de la administración pública es tener un trabajo para toda la vida, con unas condiciones laborales inmejorables.
  • Tener derecho al voto. Podrás participar activamente en las elecciones generales, municipales y a todas ellas que se produzcan en España.
  • Ser ciudadano de la Unión Europea. Siendo posible viajar, estudiar…por todo el territorio de la Comunidad Europea.
  • Podrás viajar con el pasaporte español por más de 180 países sin necesidad de un visado.

Si eres residente legal por más de dos años y perteneces a un país iberoamericano, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial y Portugal puedes empezar a gestionar la Nacionalidad Española. Además, con estos países, España tiene convenio de doble nacionalidad por lo que conservarás tu nacionalidad de origen.

Con el resto de países, deberán residir 10 años en España.

Si estás casada/o con un Español, tu tiempo de residencia se reduce a un año, para poder aplicar a la Nacionalidad Española.

Requisitos para obtener la Nacionalidad Española:

Ten en cuenta que el nuevo manual para la prueba CCSE se ha renovado un 25% de preguntas con respecto a las de 2022, te lo adjuntamos en el siguiente archivo: MANUAL CCSE

  • Fotocopia del NIE.
  • Fotocopia de todas las páginas del pasaporte.
  • Certificado de nacimiento. Debidamente apostillada en el país de nacimiento.
  • Certificado de antecedentes penales. Son dos: uno el del país de origen, también apostillado y el otro emitido por las autoridades españolas.
  • Certificado de empadronamiento actual y un histórico del mismo.
  • Tasa de Nacionalidad 104,05€
  • Otro requisito es aprobar la prueba CCSE (Prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España). Lo elabora el Instituto Cervantes.
  • Si no eres hispanohablante deberás obtener el diploma oficial de español: DELE nivel A2. También expedido por el Instituto Cervantes.

En caso de estar casada/o con un español/española adjuntar el certificado de matrimonio. Así como el certificado de padrón conjunto. Y el certificado de nacimiento de tu pareja.

Si eres descendiente de padres españoles por origen, serán necesarios los certificados de nacimiento de tus padres.

Existen otras formas para obtener la Nacionalidad Española:

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  • Nacionalidad por opción: Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:

a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.

b) Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.

Esta posibilidad caduca cuando el Interesado cumple 20 años, salvo que por su Ley personal el Interesado no adquiera la mayoría de edad a los 18 años, en cuyo caso el plazo será de dos años desde que adquiera la mayoría de edad.

  • La ley de Nietos o Ley de Memoria Democrática. Ley 52/2007, de 26 de diciembre; Ley de Memoria Histórica permite la Adquisición por Opción de la Nacionalidad Española de Origen a las Personas cuyo Padre o Madre hubiera sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la Nacionalidad Española como consecuencia del exilio.

Si crees que te encuentras en alguno de estos casos, escríbenos y nos pondremos en contacto contigo.

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