IMPORTANCIA DE CANCELAR LOS ANTECEDENTES PENALES
Hola. Hoy os traemos un nuevo tema: cancelar los antecedentes penales, es uno de los requisitos imprescindibles en el momento de solicitar la nacionalidad española, así como para obtener o renovar los permisos de residencia.
La Justicia española recalca que se deben cumplir tres requisitos para cancelar los antecedentes penales: la extinción de la responsabilidad penal, completar los plazos de tiempo de la responsabilidad criminal y que durante los plazos de cancelación no se cometan delitos.
El artículo 136 del Código Penal establece que los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, cuando hayan transcurrido sin haber vuelto a delinquir los siguientes plazos:
- Seis meses para las penas leves.
- Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
- Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
- Diez años para las penas graves.
El plazo se cuenta desde el día siguiente a aquel en el que queda extinguida la pena.
Hay que insistir que en caso de delinquir dentro de estos plazos será imposible obtener la cancelación de los antecedentes penales.
En España se establece según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en el artículo 31.5 el siguiente requisito imprescindible para autorizar la residencia temporal de un extranjero en España:
“Para autorizar la residencia temporal de un extranjero será preciso que carezca de antecedentes penales en España o en los países anteriores de residencia, por delitos existentes en el ordenamiento español, y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido”
La denegación de un permiso de residencia por tener antecedentes penales cancelables, si bien es susceptible de recurso en vía administrativa y posteriormente en vía contencioso-administrativa, se trata de un procedimiento lento y costoso que se puede evitar con la tramitación de la cancelación de antecedentes penales y policiales de forma correcta.
A muchos clientes les surgen dudas entre antecedentes penales y antecedentes policiales. Pues bien, a continuación detallo las diferencias:
*Los antecedentes policiales son aquellos que obran en poder de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado cuando la persona ha sido identificada, detenida, o denunciada, independientemente de si el proceso ha dado lugar a una actuación judicial posterior. Los antecedentes policiales también se pueden cancelar.
*Los antecedentes penales solo existen cuando ha habido una sentencia condenatoria.
Para cancelar los antecedentes penales se puede realizar:
-Mediante internet si cuentas con Cl@ve o Certificado Digital, ingresando en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
-También de manera presencial: con la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación que la acompañe se puede presentar en:
- En el Registro General del Ministerio de Justicia (Oficina Central de Atención al Ciudadano).
- En cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
- En cualquiera de los registros a que se refiere el art. 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero pueden realizar la solicitud de la cancelación a través de las oficinas diplomáticas y consulares de España.
-Por correo:
La solicitud junto con la copia compulsada de la documentación necesaria se puede enviar también por correo certificado a la siguiente dirección:
Registro Central de Penados (Cancelaciones), C/ San Bernardo nº 21, planta baja, 28015 – MADRID.
Una vez cursada la solicitud, después de rellenar los apartados correspondientes y adjuntando la documentación requerida, el plazo máximo de resolución es de tres meses.
Si transcurre este plazo y no se obtiene respuesta se podrá entender estimada la cancelación de los antecedentes penales.
Para asegurarte y no tener dudas de haberlo hecho correctamente, puedes escribirnos y cancelaremos los antecedentes penales, así puedes continuar con otros trámites sin problema alguno. CONTACTA CON NOSOTROS.
 
				 
															

